La Ley 3/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, prevé la obligatoriedad de implantar un canal de denuncias en aquellas empresas de más de 50 empleados
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¿Qué es un canal de denuncias?
Un canal de denuncias o canal ético es una herramienta que permite a las personas comunicar, de forma confidencial y segura, cualquier irregularidad o sospecha de irregularidad que tengan conocimiento, ya sea en el sector público o privado.
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¿Mi empresa está obligada a un canal de denuncias?
Están obligadas a implantar un canal de denuncias:
- Todas las empresas y organizaciones privadas que tengan más de 50 empleados.
- Todas las empresas y organizaciones privadas que se dedican a actividades reguladas por la Unión Europea en los ámbitos de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente.
- Las administraciones públicas y entidades del sector público, independientemente de su tamaño.
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¿Cuál es el plazo para implantarlo?
Implantar un canal de denuncias en empresas de 50 empleados es obligatorio desde el pasado 1 de diciembre de 2023, por lo que las empresas que no se hayan adaptado podrán ser sancionadas por las Autoridades competentes.
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¿Qué requisitos debe tener el canal?
Con carácter general, los aspectos mínimos que debe contemplar el canal de denuncias son:
- Contar con los medios necesarios para asegurar la autenticidad, identidad y confidencialidad
- La información deberá poder almacenarse durante el tiempo que sea necesario.
- Se podrán hacer denuncias por escrito y verbales.
- Se designará a un responsable del canal.
- Se emitirá un acuse de recibo de la denuncia en un plazo no superior a 7 días desde su recepción.
- Solo podrán acceder a las denuncias el personal autorizado.
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